Los sujetos obligados, deberán administrar, organizar y conservar de manera homogénea los documentos de archivo que produzcan, reciban, obtengan, adquieran, transformen o posean, de acuerdo con sus facultades, competencias, atribuciones o funciones, los estándares y principios en materia archivística, los términos de la Ley General de Archivos y demás disposiciones aplicables.
Instrumentos de control y de consulta archivísticos conforme a sus atribuciones y funciones:
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